
EL DERECHO AL ACCESO A LA INFORMACIÓN VS TRANSPARENCIA ESTÁ EN PELIGRO EN ESPAÑA ( Únete a CIVIO para evitarlo )
Proyecto coordinado por EVA BELMONTE ( Periodista / CIVIO )
En 2015, Civio comenzó un litigio con el Ministerio de Defensa por los nombres de los acompañantes de altos cargos públicos en viajes oficiales. ¿Se llevan a sus familiares? ¿Les acompañan empresarios? Defensa se niega a facilitar esta información de forma completa. Dos años después, la Audiencia Nacional estima que el ministerio debe hacer públicos los nombres, pero con una grave salvedad: que una institución pública sólo tiene obligación de proporcionar información generada tras la entrada en vigor de la Ley de Transparencia, en diciembre de 2014.
Desde Civio hemos recurrido este fallo, que impone un gravísimo deterioro del derecho de acceso a la información y de la transparencia de las instituciones, que no está contemplado en la ley y que puede crear jurisprudencia. No se trata de este caso en concreto, sino de todos los datos públicos: la ley impone excepciones a la información que se debe dar, pero la antigüedad de la misma no es una de ellas. Por eso, hasta ahora, hemos obtenido datos anteriores a la ley sin problemas.
Interpretar la ley así supone dejar a todos los ciudadanos ciegos a cualquier información creada o recogida antes de diciembre de 2014. De este tema o de cualquier otro. Por eso es tan grave.
Por eso debemos recurrir.
Cronología
2015
Civio pide la información a Defensa. El Ministerio de Defensa apela a la Ley de Secretos Oficiales y a los límites de la ley para denegar la información.
2016
El Consejo de Transparencia estima parcialmente que el ministerio debe facilitar la información en un mes. Defensa reitera su negativa sin fundamento jurídico, y acaba interponiendo un contencioso-administrativo contra la resolución del Consejo. Civio es parte personada.
2017
El juzgado central de lo contencioso-administrativo desestima el recurso de Defensa contra la resolución del Consejo. La Abogacía del Estado, en representación de Defensa, recurre la sentencia de primera instancia. La Sala de Audiencia Nacional estima en parte el recurso de apelación de Defensa, pero le insta a dar la información solo a partir de diciembre de 2014. La sentencia aún no es firme. Civio presenta su recurso.
2018
Defensa facilita los datos a El País y no a Civio, castigando así a quien batalló durante años por esa información y, además, ocultando la información anterior a la entrada en vigor de la Ley de Transparencia. El Supremo admite a trámite el recurso de Civio contra la sentencia de la Audiencia Nacional. Lo presentamos en julio.
Si se aplicara la ley tal y como dice esta sentencia no podríamos haber sabido:
El número de peticiones de indulto se ha disparado desde 2010.
Datos que arrojan luz sobre los múltiples casos de corrupción que conocimos años después.
Que solo 7 de los 47 policías heridos en la manifestación del 22 M pidió la baja.
Que la coronación de Felipe VI costó más de 170.000€.
Datos sobre desahucios durante los años con más ejecuciones.
Información sobre la privatización de la Sanidad en su época más intensa.
El acceso a la información es uno de los derechos fundamentalespara el desarrollo pleno de una sociedad democrática. Y no lo dice CIVIO, lo dice Naciones Unidas.
49.197 caracteres para defender el derecho a saber ante el Supremo
Compartimos el recurso que hemos presentado ante este tribunal para evitar que se deniegue el derecho de acceso a información anterior a la ley de transparencia.
12 julio 2018
Como saben nuestros colaboradores, nuestra causa para proteger el derecho a saber sigue adelante en los tribunales. Hoy te traemos las últimas novedades sobre este caso, determinante para el futuro de la transparencia en España.
El Tribunal Supremo se va a pronunciar sobre los límites al derecho de acceso a la información en tres frentes: definir qué es reelaboración de la información (que la ley contempla como causa de inadmisión de una solicitud), si las administraciones públicas están obligadas a remitir las preguntas al órgano al que le corresponda responderlas (o si es responsabilidad del ciudadano) y, el más importante, si tenemos derecho a conocer información anterior a la entrada en vigor de la ley, en diciembre de 2014. Y lo va a hacer gracias al recurso que hemos presentado desde CIVIO contra una sentencia de la Audiencia Nacional que pone límites al acceso a la información y que el Supremo admitió a trámite en mayo. Este el último paso -por el momento- de una batalla por defender el derecho de todos, y que emprendimos en 2015. De la decisión del Supremo dependerá cómo se aplicará la norma para todos los ciudadanos.
Hoy queremos compartir contigo nuestro recurso de casación y, lo más importante, nuestros argumentos en defensa de un derecho a saber amplio para la ciudadanía. Los 49.197 caracteres del recurso que nuestro abogado y patrono, Javier de la Cueva, ha remitido al Supremo y con los que razona por qué estos nuevos límites que se imponen al derecho de acceso a la información son contrarios a derecho.
Limitar la transparencia a lo que se cree a partir de la entrada en vigor de la ley no está en la norma
El punto más importante está en el límite temporal que ha impuesto, sin estar establecido en la Ley de Transparencia, la Audiencia Nacional. Si la norma dice que el derecho de acceso se aplica a la información “en poder” de las administraciones públicas, la sentencia de la Audiencia interpreta que esta información debe haberse recogido o referirse a hechos posteriores a la entrada en vigor de la ley. Desde nuestro punto de vista, ese límite no está en la norma, y una sentencia no puede limitar el derecho a saber más allá de la misma. Nuestro argumento es claro: da igual cuándo ocurrieron los hechos o cuál es la fecha de contenidos o documentos para dar acceso a la información. O, dicho de otra forma, desde que entró en vigor la norma podemos pedir información bajo su paraguas, pero esa información puede ser de cualquier fecha.
Porque la transparencia, como esencia democrática, existe desde mucho antes de que hubiera una ley que la garantice; porque la Constitución ya habla del derecho de acceso de los ciudadanos a los archivos; porque el acceso a la información es indispensable para participar en las políticas públicas; porque las instituciones ya estaban proporcionando información anterior a diciembre de 2014 (es ahora cuando han dejado de hacerlo) y, sobre todo, en lo más práctico, porque la norma no establece ningún límite temporal a ese acceso. Lo que sí hace es marcar un derecho a saber amplio, que afecta a toda la información en poder de las administraciones, con excepciones que deben ser limitadas y justificadas. O, como defendemos en nuestro recurso: “La transparencia es la regla y el secreto ha de ser la excepción”.
Como argumentamos en nuestro recurso, la sentencia de la Audiencia Nacional ya se está utilizando para negar acceso a información elaborada antes de la entrada en vigor de la ley. “Se está creando un límite histórico” que veta a la ciudadanía el conocimiento de los hechos acaecidos con anterioridad al 10 de diciembre de 2014”. Y finaliza: “Para qué querríamos una ley de secretos del Estado si ya tenemos una ley de transparencia”.
¿ Qué es reelaboración ?
Nuestro argumento al respeto es claro: para inadmitir una solicitud de información por reelaboración hay que argumentar y demostrar que existen razones para ello. No vale con mencionar el límite, es necesario justificar que de verdad se trata de una reelaboración y dar razones objetivas. Necesitamos datos concretos que permitan evaluar si un comportamiento -inadmitir una solicitud de un ciudadano- es o no arbitrario.
Además, pedimos que el Supremo aclare -ya que el reglamento de la norma sigue sin ver la luz- qué es reelaboración. Desde nuestro punto de vista, y atendiendo a los criterios del CTBG y a sentencias anteriores del Supremo, no se puede alegar esta causa de inadmisión cuando, simplemente, se trata de agregar datos de distintas fuentes, una suma o un mínimo tratamiento. Así, pedimos que se acote al máximo este límite y que solo se pueda utilizar si se argumenta de forma objetiva y con hechos razonados.
La carga, sobre el ciudadano
Otro de los puntos de la sentencia con los que estamos en claro desacuerdo es aquel que decide que no se da información sobre los viajes de la Casa Real porque eso se debe preguntar a Presidencia -que gestiona sus solicitudes- y no a Defensa. Esto es: no dan la información porque se le pide a una administración que no la tiene, aunque podría simplemente remitir la pregunta a aquella que sí.
Una vez más, si atendemos a esta decisión, es el ciudadano el que debe saber qué organismo tiene la información, incluso en un contexto de estructuras cambiantes. Nosotros defendemos que la carga de buscar, localizar y remitir la pregunta a ese órgano concreto que posee la información sea de la administración y no de quien ejerce su derecho de acceso. Porque, además, lo dice la ley: “Si la información se refiere a información que no obre en poder del sujeto al que se dirige, éste la remitirá al competente, si lo conociera”. Y es evidente que, en este caso, el Gobierno sabe perfectamente quién es el competente.
Gracias una vez más a Javier de la Cueva por su extraordinario trabajo de representación procesal, que nos ha llevado hasta aquí. La batalla continúa y, como estamos haciendo durante todo este proceso, este recurso y todos los documentos y la información que generamos son públicos y abiertos para que cualquier persona u organización pueda también utilizarlos. Porque pensamos que esta lucha no es solo nuestra, y todo lo que estamos aprendiendo en ella tampoco lo es.
Si no se dice lo que se hace, no se sabe : Únete a CIVIO socios@civio.es – Tlf. 91 172 79 72
Ya de por sí me parece hasta triste que sea necesaria una ley de transparencia, cuando en una democracia TODO tendría que ser abierto a cualquier ciudadano en cualquier momento sin necesidad de ninguna ley. Vivimos en una democracia encubierta, con derecho a votar a los sin vergüenzas de turno, pero sin derecho a saber a qué y a dónde se destinan el dinero de todos los contribuyentes. Sino se cambia el sistema desde el fondo, seguiremos igual o peor. Gracias como siempre por la interesante información .